Luego de su reciente fallecimiento, el legado de Hugo Chávez es objeto de amplio debate. Los derechistas ven su muerte como una oportunidad para Venezuela de surgir de la dictadura represiva. El senador republicano Marco Rubio, por ejemplo, ha manifestado que el fallecimiento de Chávez es una oportunidad para “pasar página a uno de los períodos más negros de su historia y embarcarse en un nuevo camino que restaure el gobierno de la ley, los principios democráticos, la seguridad y un sistema de libertad para los emprendedores en una nación que merece mucho más que el desastre socialista de los pasados catorce años.” Los de izquierda están de luto. Sean Penn lamentó que las personas de Estados Unidos hayan perdido un amigo que nunca supieron que tenían y que las personas pobres de todo el mundo hayan perdido a un campeón.
Mucho menos conocido es, sin embargo, el legado constitucional de Chávez. Chávez deja a la Constitución Venezolana con una base textual para la redacción de constituciones populistas que ha sido un argumento favorecido por los dictadores carismáticos desde la Revolución Francesa.
La Dictadura Revolucionaria del “Pueblo”
Esta tradición de redactar constituciones populistas proviene de la Revolución Francesa. En 1789, un eclesiástico francés desconocido sostuvo que la población francesa poseía el “poder constituyente” (pouvoir constituant) para reconstruir el sistema constitucional. Para hacer esto, argumentó que un cuerpo de representantes extraordinario elegidos por el pueblo – una asamblea constituyente – debería introducir un nuevo sistema de gobierno constitucional. Esta asamblea constituyente fue el “radical libre” extremo de la política: al ejercer el poder sin límites de la “voluntad común de la nación en sí misma,” esta, y el líder que la controlara, serían superiores a cualquier ley anterior o institución. Con el correr de los años, el atractivo de tal poder popular concentrado se ha hecho irresistible para quienes desean convertirse en dictadores.
A finales de los 90’, Hugo Chávez se unió a esta lista. Horas después de haber jurado como presidente en 1999, Chávez dictó un decreto que convocaba un referéndum para que la asamblea constituyente redactara nuevamente la Constitución de Venezuela. Sus oponentes desafiaron este decreto inmediatamente ante la Corte. Sostenían que la Constitución ya existente exigía que la legislatura convocara dicho referéndum. La Corte Suprema de Venezuela rechazó este argumento y reafirmó el poder de Chávez para convocar un referéndum porque el poder constituyente del pueblo es “superior” a la Constitución ya existente. En una decisión posterior, sin embargo, la Corte dio un paso hacia atrás con este razonamiento y argumentó que si el pueblo aprobaba una asamblea constituyente, sería según el espíritu de la Constitución vigente, y por lo tanto estaría limitada por los principios fundamentales del Estado Democrático de Derecho.
Después de haber ganado el referéndum y de manipular exitosamente una mayoría en la Asamblea Constituyente, Chávez ignoró completamente esta decisión posterior. Llamó al voto un “home run con bases llenas”, Chávez declaró que la Asamblea Constituyente tomaría el poder soberano ilimitado del pueblo. Manifestó que “ni el presidente, ni el Congreso, ni la Corte suprema, que son los máximos representantes de los poderes constituidos, pueden confabular para ponerse a sí mismos por encima de esta, o poner en una posición inferior a una asamblea elegida soberanamente. Para demostrar esto, puso a su propia presidencia a merced de la Asamblea Constituyente y prestó juramento al cargo nuevamente luego de que la Asamblea Constituyente lo reeligiera como presidente. Chávez ahora controlaba el extremo “radical libre” en la política de Venezuela.
El poder judicial intentó rechazar estas demandas de poder extremo. La presidente de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa Gómez, sostuvo que la responsabilidad de la Asamblea Constituyente era redactar una nueva Constitución y no destruir instituciones ya existentes. Estos argumentos, sin embargo, llegaron demasiado tarde. Poco tiempo después, la Asamblea Constituyente evaluó y aprobó una “declaración de emergencia nacional” que la autorizaba a reformar el gobierno existente de Venezuela. La Asamblea Constituyente despidió a varios jueces por “corrupción” y los reemplazó por otros nuevos más flexibles. La asamblea neutralizó la legislatura venezolana existente y la redujo a un organismo sin poder que se limitaba a dar el visto bueno a las acciones de la Asamblea Constituyente.
Algunos miembros de la legislatura desafiaron estas acciones ante la Corte Suprema. Una Corte Suprema reformada aceptó el argumento de Chávez de que la Asamblea Constituyente estaba por encima del ordenamiento legal existente. El golpe de Chávez tuvo éxito. Utilizó su control sin restricciones sobre la política venezolana para imponer una nueva Constitución en diciembre de 1999 que hacía más fuerte a la presidencia a costa de la legislatura.
El Carisma Constitucional
Esta Constitución sigue vigente al día de la fecha. Los argumentos populistas revolucionarios de Chávez forman ahora parte del texto. El artículo 347 establece que “el pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario” y que este poder puede ser ejercido al “convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución” El artículo 349 de la Constitución explica que “los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Constituyente”.
Estas disposiciones son un recordatorio incómodo de la amenaza continua que las dictaduras carismáticas representan sobre las normas e instituciones existentes. Con el “radical libre” de la política venezolana, la Asamblea Constituyente, consagrado en el texto, Chávez deja un legado problemático a aquellos que desean que una Venezuela post-Chávez introduzca “un gobierno de leyes y no de hombres”.
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Commentary
Op-edEl Legado Constitucional de Hugo Chávez
March 14, 2013